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Ley Foral Vigente

Artículo 47. Competencias.

Artículo 47 de la Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal. · BOE-A-2001-3424

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-11-28.

Texto consolidado

Corresponde al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación la realización de las inspecciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo previsto en esta Ley Foral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-11-28.

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