Artículo 47. Depósito legal.
Artículo 47 de la Ley 5/2019, de 9 de abril, de la Lectura y de las Bibliotecas de Canarias. · BOE-A-2019-6773
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-23.
Texto consolidado
El depósito legal tiene por objeto recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo, reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución o comunicación pública, sea esta gratuita u onerosa, con la finalidad de cumplir con el deber de preservar el patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital, y permitir el acceso al mismo con fines culturales, de investigación o información, sin perjuicio de la regulación y funcionamiento que del mismo se contiene en la normativa estatal vigente en materia de depósito legal.