Artículo 47. Apoyo económico a las empresas turísticas.
Artículo 47 de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura. · BOE-A-2011-3179
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-02.
Texto consolidado
La Junta de Extremadura podrá establecer líneas de ayudas e impulsar el otorgamiento de subvenciones dirigidas a la modernización y mejora de la calidad, accesibilidad y sostenibilidad, entre otros, de las actividades turísticas.