Artículo 46. Complejos turísticos.
Artículo 46 de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura. · BOE-A-2011-3179
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-02.
Texto consolidado
Son complejos turísticos aquellos conjuntos de establecimientos, con independencia de su titularidad, que responden a un proyecto unitario de explotación empresarial y se ubican dentro de una superficie delimitada.