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Ley Vigente

Artículo 47. Sobrevuelo de aeronaves extranjeras.

Artículo 47 de la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. · BOE-A-2014-7877

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-25.

Texto consolidado

En virtud de lo dispuesto por tratados o convenios con otros Estados o mediante permiso especial, se podrá autorizar el tránsito inocuo de las aeronaves extranjeras sobre el espacio aéreo suprayacente a las aguas interiores marítimas y el mar territorial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-09-25.

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