Artículo 47. Actividades excluidas.
Artículo 47 de la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud. · BOE-A-2006-16336
Atención: Ley 10/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se excluyen de las actividades de tiempo libre infantil y juvenil:
a) Las que tienen carácter familiar.
b) Las que llevan a cabo jóvenes a título particular y en las cuales no concurra ninguna entidad formalmente constituida ni en la planificación ni en el desarrollo.
c) Cualquier otra que se determine reglamentariamente.