Artículo 47.
Artículo 47 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-1983-16452
Atención: Ley 1/1983 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Gobierno responde solidariamente de su gestión política ante el Parlamento Canario, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada Consejero en su gestión.