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Decreto-ley Derogada

Artículo 47. Importe y cálculo del importe de la prestación económica.

Artículo 47 del Decreto-ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears. · BOE-A-2020-8013

Atención: Decreto-ley 10/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El complemento de las pensiones no contributivas se calcula añadiendo un máximo de 24,91%, en función de los ingresos declarados, a la cuantía resultante de la pensión.

2. Otros complementos de apoyo a las unidades de convivencia se podrán establecer en las leyes anuales de presupuestos generales de la comunidad autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-06-17.

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