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Real Decreto Vigente

Artículo 46. Toma de posesión.

Artículo 46 del Real Decreto 797/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Estatuto General del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto. · BOE-A-2005-12175

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-16.

Texto consolidado

Los miembros electos de la Junta de Gobierno tomarán posesión dentro de los 15 días siguientes a su proclamación definitiva.

El Presidente comunicará la toma de posesión de los nuevos miembros de la Junta de Gobierno al órgano superior competente en materia de practicaje del Ministerio de Fomento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-16.

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