Artículo 46. Presupuestos.
Artículo 46 del Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2024-7594
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-18.
Texto consolidado
1. La aprobación de los presupuestos de cada ejercicio y de su normativa presupuestaria específica, corresponde a la Asamblea General del Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales de España.
2. Asimismo, es competencia de la Asamblea General, la aprobación de créditos extraordinarios para destinos específicos que comporten derramas económicas de los Colegios. La aprobación de créditos extraordinarios deberá acordarse por mayoría de dos tercios de los miembros de la Asamblea con derecho a voto.