El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 46. Causa para pasar a segunda actividad por razón de salud.

Artículo 46 de la Ley 5/2010, de 14 de mayo, de coordinación de Policías Locales de La Rioja. · BOE-A-2010-9108

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-22.

Texto consolidado

1. Cuando las condiciones físicas, psíquicas o sensoriales del funcionario en situación de activo así lo aconsejen y no se cumplan las condiciones para ser declarado en situación de jubilación por invalidez, la Corporación local respectiva, de oficio o a solicitud de la persona interesada, podrá declarar que pasa a la segunda actividad.

2. A tal efecto se regulará reglamentariamente la composición y funcionamiento de un tribunal facultativo que emitirá un dictamen vinculante indicando el pase o no a segunda actividad.

3. Puede acordarse por resolución municipal, de oficio o a solicitud de la persona interesada, el reingreso al servicio activo que ocupaba como primera actividad, en el caso de que hayan desaparecido las causas que motivaron la disminución de la aptitud psicofísica o sensorial, previo dictamen médico en los términos del apartado anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-22.

Más artículos de Ley 5/2010

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.