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Ley Vigente

Artículo 46. Plan sobre Drogas para Asturias: naturaleza y contenido.

Artículo 46 de la Ley 4/2015, de 6 de marzo, de atención integral en materia de drogas y bebidas alcohólicas. · BOE-A-2015-4847

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-20.

Texto consolidado

1. El Plan sobre Drogas para Asturias es el instrumento básico para la planificación, ordenación de los recursos y coordinación de las actuaciones en materia de drogodependencias que se lleven a cabo en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

2. El Plan sobre Drogas para Asturias tendrá el siguiente contenido mínimo:

a) Análisis de la problemática sobre drogas y bebidas alcohólicas, aproximación epidemiológica a su consumo.

b) Criterios básicos de actuación.

c) Objetivos generales y específicos por área de actuación.

d) Programas de intervención.

e) Vigencia y calendario de actuaciones.

f) Mecanismos de control y seguimiento para la evaluación de sus actuaciones.

g) Recursos necesarios para alcanzar los objetivos del Plan.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-20.

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