Artículo 46. Plan sobre Drogas para Asturias: naturaleza y contenido.
Artículo 46 de la Ley 4/2015, de 6 de marzo, de atención integral en materia de drogas y bebidas alcohólicas. · BOE-A-2015-4847
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-20.
Texto consolidado
1. El Plan sobre Drogas para Asturias es el instrumento básico para la planificación, ordenación de los recursos y coordinación de las actuaciones en materia de drogodependencias que se lleven a cabo en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
2. El Plan sobre Drogas para Asturias tendrá el siguiente contenido mínimo:
a) Análisis de la problemática sobre drogas y bebidas alcohólicas, aproximación epidemiológica a su consumo.
b) Criterios básicos de actuación.
c) Objetivos generales y específicos por área de actuación.
d) Programas de intervención.
e) Vigencia y calendario de actuaciones.
f) Mecanismos de control y seguimiento para la evaluación de sus actuaciones.
g) Recursos necesarios para alcanzar los objetivos del Plan.