Artículo 46. Sanciones.
Artículo 46 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante. · BOE-A-2021-11380
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-02.
Texto consolidado
1. A las infracciones muy graves se impondrá la sanción de multa de 30.001 a 100.000 euros.
Distinguiéndose:
1.º tramo: de 30.001 a 65.000 euros.
2.º tramo: 65.001 a 100.000 euros.
2. A las infracciones graves se impondrá la sanción de multa de 3.001 a 30.000 euros.
Distinguiéndose:
1.º tramo: de 3.001 a 16.500 euros.
2.º tramo: 16.501 a 30.000 euros.
3. A las infracciones leves se impondrá la sanción de apercibimiento o multa de 300 a 3.000 euros.
Distinguiéndose:
1.º tramo: de 300 a 1.650 euros.
2.º tramo: 1.651 a 3.000 euros.