Artículo 46. Presidencia, Vicepresidencia y Secretaría.
Artículo 46 de la Ley 2/2000, de 23 de junio, de Cajas de Ahorro. · BOE-A-2000-15424
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-07.
Texto consolidado
1. El Consejo de Administración nombrará de entre sus miembros al Presidente del mismo que, a su vez, lo será de la entidad y de la Asamblea General, y podrá elegir uno o varios Vicepresidentes, que sustituirán por su orden al Presidente. El Consejo de Administración nombrará también un Secretario del Consejo.
2. Para la revocación de dichos cargos se exigirá, en todo caso, el voto favorable de, al menos, la mayoría absoluta de los miembros del Consejo.