Artículo 45. Concepto.
Artículo 45 del Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico. · BOE-A-2008-9855
Atención: Real Decreto 863/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En la transferencia de títulos habilitantes para el uso privativo del dominio público radioeléctrico se transmite la titularidad, total o parcial, del título habilitante.
Más artículos de Real Decreto 863/2008
- ← Artículo 44. Revocación de la autorización.
- → Artículo 46. Subrogación de derechos.
- Ver la norma completa: Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico.