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Ley Derogada

Artículo 45. Personal asesor.

Artículo 45 de la Ley 5/2005, de 16 de diciembre, del Procurador General. · BOE-A-2006-1774

Atención: Ley 5/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Procurador General podrá designar y disponer el cese libremente de los asesores necesarios para el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con su Reglamento de Organización y Funcionamiento y dentro de los límites presupuestarios.

2. Los asesores cesarán con el Procurador General que los nombró.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-19.

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