Artículo 45. Inserción en el sistema productivo del personal de investigación.
Artículo 45 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura. · BOE-A-2010-19047
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-20.
Texto consolidado
La Junta de Extremadura promoverá la incorporación e inserción profesional del personal de investigación en el sistema productivo extremeño, preferentemente, en las pequeñas y medianas empresas.