El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 44.

Artículo 44 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros. · BOE-A-1979-10134

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-04-14.

Texto consolidado

Cuando los viajeros abandonen transitoriamente el vehículo por ellos alquilado y los conductores deban esperar el regreso de aquéllos, podrán recabar de los mismos, a título de garantía, el importe del recorrido efectuado más media hora de espera en zona urbana y una en descampado, agotada la cual podrán considerarse desvinculados del servicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1979-04-14.

Más artículos de Real Decreto 763/1979

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 763/1979 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.