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Real Decreto Derogada

Artículo 44. Distinciones.

Artículo 44 del Real Decreto 337/1999, de 26 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Montes. · BOE-A-1999-5642

Atención: Real Decreto 337/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se establece un régimen de distinciones para aquellas personas, colegiadas o no, que hayan prestado servicios destacados a la Corporación, o hayan contribuido notablemente a aumentar el prestigio de la profesión. Estas distinciones son, por orden de mayor mérito:

a) Título de Colegiado de Honor.

b) Medalla de Honor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-10.

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