Artículo 44. Préstamo a la gruesa.
Artículo 44 del Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales. · BOE-A-2003-21104
Atención: Real Decreto 1373/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el expediente sobre préstamo a la gruesa y en el de requerimiento al consignatario para el pago de fletes y en la información judicial a que se refiere la regla 10.ª del artículo 2.161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se devengarán 37,15 euros.