Artículo 44. Modificación del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre.
Artículo 44 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2026-3385
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.
Texto consolidado
Se modifica el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, que queda redactado como sigue:
Uno. Se modifica la letra b) del artículo 9, que queda redactada como sigue:
«b) La administración, gestión y recaudación de sus propios derechos económicos, sin perjuicio del establecido en el artículo 45 de la Ley 11/1996, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1997.»
Dos. Se modifica la letra a) del artículo 88, que queda redactada como sigue:
«a) El pago de las obligaciones de la Administración general de la Comunidad Autónoma y de las entidades públicas instrumentales señaladas en el artículo anterior y la gestión recaudatoria de los derechos económicos de la hacienda pública gallega, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.»
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- Ver la norma completa: Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.