Artículo 44. Naturaleza.
Artículo 44 de la Ley 4/2009, de 15 de octubre, de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2010-16090
Atención: Ley 4/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha es un órgano de asesoramiento y colaboración con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y de representación, relación y coordinación de todas las cámaras oficiales de comercio e industria existentes en la región y de éstas con la Administración tutelar, que estará integrado por las cámaras existentes en el territorio Castilla-La Mancha.
2. El Consejo se constituye como corporación de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.