Artículo 44.
Artículo 44 de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de Estadística de Cataluña. · BOE-A-1999-2519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.
Texto consolidado
El programa anual de actuación estadística sólo contendrá el enunciado de las estadísticas de interés de la Generalidad en proceso de realización cuando la descripción técnica de estas estadísticas se haya hecho en el plan estadístico de Cataluña.