Artículo 45.
Artículo 45 de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de Estadística de Cataluña. · BOE-A-1999-2519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.
Texto consolidado
El programa anual de actuación estadística también contendrá la descripción técnica de las estadísticas de interés de la Generalidad que prevé iniciar durante el período de vigencia.