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Real Decreto Vigente

Artículo 43. Fase de la Unión del procedimiento de modificación del pliego de condiciones.

Artículo 43 del Real Decreto 189/2026, de 11 de marzo, por el que se regula la inscripción, modificación y cancelación de las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas y de las especialidades tradicionales garantizadas, y se disponen normas relativas a su comercialización. · BOE-A-2026-5875

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-05-01.

Texto consolidado

En cuanto al envío a la Comisión Europea de la solicitud de modificación del pliego de condiciones, la solicitud de suspensión del examen de la Comisión Europea de la solicitud de modificación del pliego de condiciones, el examen por la Comisión Europea y procedimiento nacional de oposición adicional y el procedimiento nacional en el procedimiento de oposición de la Unión, se aplicará, mutatis mutandis, lo establecido en los artículos 33 a 36, respectivamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-05-01.

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