Artículo 43. Plan de Acción Anual, informe de actividades y cuentas anuales.
Artículo 43 del Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, por el que se crea la Agencia estatal "Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios" y se aprueba su Estatuto. · BOE-A-2011-15044
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-24.
Texto consolidado
1. El Director de la Agencia deberá elaborar y proponer su aprobación al Consejo Rector del Plan de Acción Anual, el informe general de actividad y las cuentas anuales, dentro de los plazos establecidos en el artículo 15 de la Ley 28/2006, de 18 de julio.
2. La documentación a que se refiere el punto anterior estará disponible en la página Web de la Agencia.