Artículo 43. Registro de la artesanía alimentaria de Aragón.
Artículo 43 de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón. · BOE-A-2007-1561
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-14.
Texto consolidado
1. Se crea el Registro de la artesanía alimentaria, dependiente del Departamento de Agricultura y Alimentación, para la inscripción de las empresas y artesanos alimentarios.
2. Por orden del Departamento de Agricultura y Alimentación se determinarán las normas de funcionamiento de este Registro.