El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 43. Funcionamiento.

Artículo 43 de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los andaluces en el mundo. · BOE-A-2006-20850

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-08.

Texto consolidado

1. El Consejo de Comunidades Andaluzas se reunirá en sesión ordinaria, al menos, dos veces al año.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, la Presidencia puede convocar a los miembros del Consejo de Comunidades Andaluzas en sesión extraordinaria, siempre que lo estime necesario y conveniente y, en todo caso, a petición de un número de Vocalías que representen la mayoría absoluta de los miembros del Consejo.

3. Se determinarán reglamentariamente la organización, funcionamiento y régimen de adopción de acuerdos del Consejo de Comunidades Andaluzas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-08.

Más artículos de Ley 8/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.