Artículo 43. Creación, naturaleza y finalidad.
Artículo 43 de la Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia. · BOE-A-2012-11413
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-09.
Texto consolidado
Se crea el Instituto de la Juventud de Galicia como órgano técnico especializado adscrito al órgano directivo competente en materia de juventud que tendrá como misión la materialización de los principios de información a la gente joven, formación continua en materia de juventud y asesoramiento técnico en políticas públicas de juventud.