Artículo 43.
Artículo 43 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-1986-12725
Atención: Ley 4/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Del otorgamiento de concesiones, así como de cuantos actos se refieran a ellas, se dará cuenta a la Dirección General de Patrimonio.