Artículo 43. Definiciones para fomentar la cultura democrática y participativa.
Artículo 43 de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud. · BOE-A-2022-8832
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-26.
Texto consolidado
La participación juvenil es el conjunto de acciones y de procesos que generan, entre las personas jóvenes, la capacidad para incidir en su entorno, en sus relaciones y en su desarrollo personal y colectivo, para intervenir y transformarlos. Esta participación puede llevarse a cabo tanto individualmente como colectivamente, con igualdad de oportunidades, y de una manera horizontal, libre y democrática.