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Ley Vigente

Artículo 43. Verificación del cumplimiento del pliego de condiciones.

Artículo 43 de la Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura. · BOE-A-2020-3782

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-09.

Texto consolidado

1. El operador debe asumir el coste de la verificación del cumplimiento del pliego de condiciones del producto amparado por una denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida.

2. La verificación del cumplimiento del pliego de condiciones del producto amparado por una denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida debe incluir:

a) Un examen anual organoléptico y analítico físico-químico de los productos, en cualquiera de las fases del proceso de producción, incluyendo el envasado, efectuado por paneles y laboratorios autorizados.

b) Una comprobación anual de las condiciones de las instalaciones de los operadores. Debe verificarse que estas tienen suficiente capacidad para cumplir los requisitos establecidos por el pliego de condiciones, mediante el examen documental, el estudio de pruebas objetivas y la trazabilidad de todas las fases del proceso que se inicia en la viña y finaliza con el etiquetado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-09.

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