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Ley Derogada

Artículo 43. Desarrollo reglamentario.

Artículo 43 de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. · BOE-A-2011-20657

Atención: Ley 14/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Reglamentariamente se determinará la estructura, funciones y régimen de funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas, así como el sistema de intercambio de información con otros registros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-15.

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