Artículo 43. Órganos competentes.
Artículo 43 de la Ley 11/2001, de 15 de junio, de Ordenación de la Actividad Comercial en las Illes Balears. · BOE-A-2001-13277
Atención: Ley 11/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Corresponde al Gobierno de las Illes Balears, a través de la Consejería competente en materia de comercio, el ejercicio de la función inspectora para garantizar el cumplimiento de esta Ley.