Artículo 427.
Artículo 427 de la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar. · BOE-A-1989-8712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-05-08.
Texto consolidado
Recibidas las actuaciones en el Tribunal superior y transcurrido que sea el término del emplazamiento, si el apelante se hubiere personado se señalará día para la vista, mandando que se pongan de manifiesto a las partes en la Secretaría por término de cuarenta y ocho horas. Si el apelante no se hubiera personado en el término del emplazamiento el Tribunal declarará desierto el recurso y devolverá los autos al Juzgado Togado remitente.