Artículo 422-5. Nulidad parcial.
Artículo 422-5 de la Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código Civil de Cataluña, relativo a las sucesiones. · BOE-A-2008-13533
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-01.
Texto consolidado
La nulidad de cualquier disposición testamentaria no determina la nulidad total del testamento en que se ha ordenado, salvo que de su contexto resulte que el testador no habría ordenado las disposiciones válidas sin la disposición nula.