Artículo 42. Votaciones y adopción de acuerdos.
Artículo 42 de la Resolución de 31 de marzo de 1993, de la Subsecretaría, por la que se acuerda la publicación del Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Económico y Social. · BOE-A-1993-9515
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-05-03.
Texto consolidado
1. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los asistentes, dirimiendo los empates el Presidente mediante su voto de calidad.
2. La votación será nominal si así lo acuerdan la mitad de los Consejeros presentes.
3. La votación será secreta en todas las cuestiones que afecten personalmente a los Consejeros.