Artículo 42. Iniciativa de inscripción.
Artículo 42 del Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones. · BOE-A-2015-11429
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-01.
Texto consolidado
La solicitud de inscripción de la constitución de la asociación deberá presentarse, al menos, por uno de sus promotores.