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Orden Vigente

Artículo 42. Fórmula de cálculo del valor residual por el procedimiento estático.

Artículo 42 de la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras. · BOE-A-2003-7253

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-09.

Texto consolidado

El valor residual por el procedimiento estático del objeto de valoración se calculará aplicando la siguiente fórmula:

F = VM ∙ (1 – b) – Σ Ci

En donde:

F = Valor del terreno o inmueble a rehabilitar.

VM = Valor del inmueble en la hipótesis de edificio terminado.

b = Margen o beneficio neto del promotor en tanto por uno.

Ci = Cada uno de los pagos necesarios considerados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-10-09.

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