Artículo 42. Ámbito de aplicación.
Artículo 42 de la Ley Orgánica 16/2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades de los Estados extranjeros, las Organizaciones Internacionales con sede u oficina en España y las Conferencias y Reuniones internacionales celebradas en España. · BOE-A-2015-11545
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-17.
Texto consolidado
1. En ausencia de acuerdo específico celebrado por España, el régimen establecido en el presente Título regulará los privilegios e inmunidades aplicables a la celebración en España de una conferencia o reunión internacional, cualquiera que sea su denominación particular.
2. En los casos en que España haya celebrado un acuerdo específico en la materia, el régimen aplicable será el estipulado en dicho acuerdo y, supletoriamente, el establecido en la presente Ley Orgánica.
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