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Ley Vigente

Artículo 42. Importaciones de sustancias de referencia para el control de calidad de los medicamentos.

Artículo 42 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. · BOE-A-1992-28740

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-01-01.

Texto consolidado

Estarán exentas del impuesto las importaciones de muestras de sustancias referenciadas, autorizadas por la Organización Mundial de la Salud para el control de calidad de las materias utilizadas para la fabricación de medicamentos, cuando se importen por entidades autorizadas para recibir dichos envíos con exención.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-01-01.

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