Artículo 42. Características de los vehículos.
Artículo 42 de la Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de ordenación del transporte de personas por carretera en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2006-3158
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.
Texto consolidado
Los vehículos destinados a la prestación de servicios de autotaxi se ajustarán a las exigencias que en cada caso establezca la legislación sobre accesibilidad y eliminación de barreras, y reunirán las características técnicas, estéticas y de equipamiento que reglamentariamente, o a través de la correspondiente Ordenanza Municipal, se establezcan.