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Ley Vigente

Artículo 411-3. Fundamentos de la vocación.

Artículo 411-3 de la Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código Civil de Cataluña, relativo a las sucesiones. · BOE-A-2008-13533

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-01.

Texto consolidado

1. Los fundamentos de la vocación sucesoria son el heredamiento, el testamento y lo establecido por la ley.

2. La sucesión intestada solo puede tener lugar en defecto de heredero instituido, y es incompatible con el heredamiento y con la sucesión testada universal.

3. La sucesión testada universal solo puede tener lugar en defecto de heredamiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-01-01.

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