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Real Decreto Vigente

Artículo 41. Asesoramiento en materia de ejecución de embargos y decomisos.

Artículo 41 del Real Decreto 948/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos. · BOE-A-2015-11427

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-13.

Texto consolidado

1. La Oficina recabará la asistencia y asesoramiento de otras Administraciones y organismos públicos en materia de ejecución de embargos y decomisos acordados por la autoridad judicial.

2. Salvo que el órgano judicial encomiende a la oficina la gestión de los bienes, la intervención de la Oficina finalizará con el envío de la propuesta de actuación al órgano judicial competente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-04-13.

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