Artículo 41. Clasificación de las aguas a efectos de aprovechamiento pesquero.
Artículo 41 de la Ley Foral 21/2023, de 26 de diciembre, de Gestión Piscícola de Navarra. · BOE-A-2024-1208
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-13.
Texto consolidado
A los efectos de la presente ley foral, de acuerdo con las diferentes modalidades de gestión y aprovechamiento de las masas de agua pesqueras, las aguas de la Comunidad Foral de Navarra se clasifican en:
a) Aguas pescables.
b) Aguas no pescables.