Artículo 41. Disposición general.
Artículo 41 de la Ley 8/2002, de 5 de diciembre, de Ordenación y Modernización de las Estructuras Agrarias de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-614
Atención: Ley 8/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La conselleria competente en materia de agricultura, de acuerdo con los fines señalados en los artículos 2 y 27, fomentará la mejora de las infraestructuras agrarias en los municipios de la Comunidad Valenciana, así como la realización de obras necesarias para el fomento del cultivo o explotación en común.