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Ley Vigente

Artículo 41. Planificación cinegética.

Artículo 41 de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León. · BOE-A-2021-12058

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-08.

Texto consolidado

1. La caza en Castilla y León se practicará previa su adecuada planificación al objeto de garantizar la conservación de las especies y la sostenibilidad de los recursos cinegéticos, de acuerdo con los principios generales establecidos en el artículo 2 y en la normativa en materia de conservación del patrimonio natural y la biodiversidad.

2. La planificación cinegética se basará en el mejor conocimiento disponible de las poblaciones de las especies cinegéticas, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV del Título VII, así como en la consideración de los demás factores ecológicos, sociales y de cualquier otro orden que interactúan sobre dichas poblaciones.

3. La planificación cinegética podrá tener un ámbito autonómico, o para otros ámbitos territoriales concretos, específico para una especie o conjunto de especies cinegéticas, o local para cada terreno cinegético concreto, en especial para las reservas regionales y los cotos de caza.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-08.

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