Artículo 42. Instrumentos de planificación cinegética.
Artículo 42 de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León. · BOE-A-2021-12058
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-08.
Texto consolidado
1. Los instrumentos de planificación cinegética en Castilla y León serán los siguientes:
a) Estrategia de la Caza de Castilla y León.
b) Planes territoriales de recursos cinegéticos y planes de gestión de especies cinegéticas.
c) Planes cinegéticos de los cotos de caza y de las reservas regionales de caza.
2. Tales instrumentos se configuran como un sistema de planificación jerárquico, de tal manera que cada instrumento desarrollará las directrices o determinaciones establecidas en el instrumento de ámbito superior. No obstante, la ausencia del instrumento de planificación superior no impedirá planificar la gestión mediante los restantes instrumentos de planificación.
3. En todo caso, los planes cinegéticos de los cotos de caza y de las reservas regionales de caza son los únicos instrumentos de planificación imprescindibles para practicar la caza en los terrenos cinegéticos.