Artículo 41. Representación de la Comunidad Autónoma.
Artículo 41 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-1990-410
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-27.
Texto consolidado
El Director del IEA, o persona en quien, en su caso, delegue, representará oficialmente a la Comunidad Autónoma Andaluza en los actos o reuniones de trabajo que tengan como finalidad tratar temas estadísticos.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2007-10141.