Artículo 41. Sanciones administrativas.
Artículo 41 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. · BOE-A-1995-24262
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-11-06.
Texto consolidado
(Derogado)
Se modifican los apartados 1.d), 2.c) y 3 por el art. 44.1 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre. Ref. BOE-A-2002-22807.
Se convierten a euros las cuantías contempladas por el apartado 1 y el anexo de la Resolución de 28 de septiembre de 2001. Ref. BOE-A-2001-18591.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados..